SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1126/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1126/2017-S1

Fecha: 12-Oct-2017

III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano

En primer lugar cabe mencionar que la Constitución Política del Estado promulgada  el  7  de febrero de 2009, señala el horizonte en el que habrá de erigirse el nuevo Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, fundado en la pluralidad y pluralismo político, económico, jurídico,  cultural  y  lingüístico, dentro del proceso integrador del país. En ese contexto esta dicho que la nueva institucionalidad del Estado Plurinacional debe  superar  con creces la estructura colonial y debe, sobre la  base  del  esfuerzo  individual y colectivo, en cada estructura organizacional y en todos los órganos e instituciones del poder público, concretar un Estado como el proclamado, principalmente en el Órgano Judicial que a través  de sus jurisdicciones y en la función judicial ejercida por sus autoridades en las naciones y pueblos indígena originario campesinos, en la que los valores que sustenta el Estado como unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía, transparencia, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de género en la participación, bienestar común, responsabilidad, justicia social, distribución y redistribución de los productos  y  Bienes sociales, para vivir bien, que señala el art. 8.II de la CPE.

Resulta necesario señalar que la Constitución Política del Estado, por otra parte, refiriéndose a la nueva institucionalidad del Estado Plurinacional, augura superar con creces la estructura colonial estableciendo que, de acuerdo  con  lo  previsto  en  el  art. 8,I de la CPE, los principios ético morales de la sociedad plural que el Estado asume y promueve son; suma qamaña  (vivir bien),  ñandereko (vida armoniosa), teko kavi (vida buena), ivi maraei  (tierra sin mal) y  qhapaj ñan (camino o vida noble), así como ama qhilla, ama Hulla, ama suwa (no seas flojo, no seas mentiroso ni seas ladrón), estos últimos, mandatos de restricción que pudiendo ser de orden imperativo  para  cada  individuo,  en cada hogar de las bolivianas y bolivianos,  es  también esencia de un pensamiento colectivo enraizado en las naciones y pueblos que; sin embargo, de manera permanente se confronta con ciertos males como la corrupción que lastiman nuestras instituciones y sociedad, razón por la que el Estado encuentra como un elemento transformador de la sociedad la lucha contra la corrupción. Una inequívoca señal  de  esta voluntad está en la previsión del art. 123 de la CPE, que  establece e instituye el principio de irretroactividad de la ley excepto  en  materia  de  corrupción, para investigar, procesar y sancionar los  delitos  cometidos  por servidores públicos contra los intereses del Estado; y en el resto de los casos señalados por la Constitución.

Se  ha dicho y reiterado en la jurisprudencia  constitucional, que  conforme al mandato de los arts.  178 y  179 de la CPE, la justicia es única en tanto que la potestad de impartir la misma emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, pluralismo  jurídico,  interculturalidad, equidad, servicio a la sociedad,  participación  ciudadana,  armonía  social  y  respeto a los derechos, entre otros. En ese mismo orden, respecto a los principios procesales que rige la justicia ordinaria están, también entre otros, la verdad material y el debido proceso.

En  torno  a la administración de justicia, o dicho desde una perspectiva actual  e  inclusiva,  respecto  a  impartir justicia no puede soslayarse el hecho  de  que sustentar  las decisiones en el análisis e interpretación, no sólo  se limita a la aplicación de formas y ritualismos establecidos en la norma; sino también debe hacerse prevalecer principios y valores que permitan  alcanzar una justicia cierta, accesible, que este al lado del Estado y la población, con miras al vivir bien que permita rebatir los males que afectan a la sociedad.