SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0094/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0094/2017

Fecha: 29-Nov-2017

´a) Convocatoria.

´a) Convocatoria. Para iniciar el proceso de consulta y participación, la AC, respetando la territorialidad, independencia organizativa, usos y costumbres de los PIOs y CC, convocará por escrito, adjuntando toda la información pública de la AOP hidrocarburífera, a las instancias de representación susceptibles de ser afectadas, con copia a sus niveles regional, departamental y nacional, a efecto de sostener una reunión de carácter informativa acerca de la actividad hidrocarburífera y de coordinación sobre el desarrollo del proceso de Consulta y Participación.

Transcurridos quince (15) días hábiles de enviada la primera convocatoria sin obtener respuesta escrita por parte de los PIOs y CC, la AC procederá a realizar la segunda convocatoria especificando la fecha y el lugar de la Reunión de Consulta, adjuntando la propuesta metodológica para la misma, mediante al menos dos (2) de las siguientes comunicaciones:

Transcurridos diez (10) días hábiles de haberse efectuado la segunda convocatoria, en caso que no se concrete la reunión por inasistencia de los PIOs y CC, la AC procederá con la tercera y última convocatoria mediante carta notariada, especificando fecha y lugar del evento adjuntando la propuesta metodológica de Consulta y Participación´.

´a) Convocatoria. Para iniciar el proceso de consulta y participación, la AC, respetando la territorialidad, independencia organizativa, usos y costumbres de los PIOs y CC, convocará por escrito, adjuntando toda la información pública de la AOP hidrocarburífera, a las instancias de representación susceptibles de ser afectadas, con copia a sus niveles regional, departamental y nacional, a efecto de sostener una reunión de carácter informativa acerca de la actividad hidrocarburífera y de coordinación sobre el desarrollo del proceso de Consulta y Participación.

Transcurridos quince (15) días hábiles de enviada la primera convocatoria sin obtener respuesta escrita por parte de los PIOs y CC, la AC procederá a realizar la segunda convocatoria especificando la fecha y el lugar de la Reunión de Consulta, adjuntando la propuesta metodológica para la misma, mediante al menos dos (2) de las siguientes comunicaciones:

Transcurridos diez (10) días hábiles de haberse efectuado la segunda convocatoria, en caso que no se concrete la reunión por inasistencia de los PIOs y CC, la AC procederá con la tercera y última convocatoria mediante carta notariada, especificando fecha y lugar del evento adjuntando la propuesta metodológica de Consulta y Participación.