Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2017
Fecha: 24-Feb-2017
III.1. De la configuración jurídica del control competencial en el Estado Plurinacional
La naturaleza jurídica y política del Estado Plurinacional emerge del art. 1 de la (Constitución Política del Estado). De esto se deduce que Bolivia es un Estado Unitario porque ocupa un determinado territorio donde se encuentra su población, de cuyo enunciado emergen los principios de integridad territorial y soberanía popular que sustentan la organización del poder público. El país como un Estado Social de Derecho se caracteriza por el predominio de respeto, promoción e implementación de políticas sociales, en el marco de los valores constitucionales de, igualdad de oportunidades, inclusión, dignidad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía y equilibrio.
- I.1. Antecedentes procesales sustanciados ante la jurisdicción agroambiental
- I.2. Antecedentes procesales sustanciados ante la jurisdicción ordinaria civil
- I.3. Admisión y notificación
- Acuerdo Jurisdiccional 012/2012 de 20 de diciembre
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la configuración jurídica del control competencial en el Estado Plurinacional
- a)
- Artículo 12. (COMPETENCIA).
- III.2. Del conflicto de competencias jurisdiccionales en relación al interdicto de daño temido
- sino también debe considerarse otros elementos como el destino de la propiedad y de las actividades desarrolladas”
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- 1)
- daño temido