SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0147/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0147/2017-S3

Fecha: 06-Mar-2017

debe procurarse generar en el recurrente la certeza de que evidentemente incumplió con las exigencias que la norma establece, precisando cuál o cuáles de los requisitos fueron omitidos y por

           En cuanto al deber de motivar las Resoluciones en el recurso de casación, la SCP 0400/2014 de 25 de febrero, sostuvo que: “…toda resolución que declare la improcedencia del recurso de casación, necesariamente debe estar debidamente fundamentada y motivada, no siendo suficiente que se limite simplemente a la enunciación con carácter genérico al incumplimiento de los requisitos contenidos en el art. 258 inc. 2) del CPC, sino que debe procurarse generar en el recurrente la certeza de que evidentemente incumplió con las exigencias que la norma establece, precisando cuál o cuáles de los requisitos fueron omitidos y por qué se tienen como incumplidos” (las negrillas nos corresponden [Criterio reiterado en las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0584/2014 de 10 de marzo, 0232/2014-S3 de 8 de diciembre y 0214/2014-S3 de 4 de diciembre].