DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2017

Fecha: 02-May-2017

Artículo 119. Procedimiento legislativo

3. Cuando el proyecto haya sido informado por la comisión, las comisiones o responsables temáticos correspondientes, pasará a consideración del pleno del Concejo Municipal donde será discutido y aprobado en detalle y en revisión; pudiendo optar por la dispensación de trámite en casos de urgencia normativa. Cada aprobación requerirá de dos tercios de voto de los miembros del Concejo Municipal, salvo las excepciones establecidas en el Reglamento General.

3. Cuando el proyecto haya sido informado por la comisión, las comisiones o responsables temáticos correspondientes, pasará a consideración del pleno del Concejo Municipal donde será discutido y aprobado en detalle y en revisión; pudiendo optar por la dispensación de trámite en casos de urgencia normativa. Cada aprobación requerirá de dos tercios de voto de los miembros del Concejo Municipal, salvo las excepciones establecidas en el Reglamento interno.