DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2017

Fecha: 02-May-2017

Sesiones de audiencia pública

3.    Sesiones de audiencia pública.- Las sesiones de audiencia pública se realizan para escuchar y atender de manera directa a la ciudadanía o comunidad individual o colectiva sobre aspectos relativos a las facultades y atribuciones del Concejo Municipal; siendo escuchados temas de atribución del alcalde o alcaldesa en casos de dejadez ejecutiva con fines de fiscalización. Las sesiones de audiencia pública se realizan en pleno del Concejo, en comisión y responsables temáticos. El Reglamento General establecerá la periodicidad de las sesiones de audiencia pública, pudiendo establecer sesiones de audiencia pública en cada distrito o macrodistrito al menos una vez al año, ante solicitud de las organizaciones del sector. El Concejo Municipal y el Ejecutivo tomarán acciones para la atención obligatoria de las inquietudes y solución de los problemas planteados en las sesiones de audiencia pública.