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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0412/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0412/2017-S3

    Fecha: 12-May-2017

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La revisión de la actividad jurisdiccional de otros Tribunales
    • a) Por vulneración del derecho a una Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
    • derecho al debido proceso, se encuentran la motivación, fundamentación, congruencia y pertinencia entre otros, que deben ser observados por las y los juzgadores al momento de dictaminar sus resoluciones
    • En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
    • una de las derivaciones del debido proceso es el principio de congruencia entendido en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto, que no es limitativa de la coherencia que debe tener toda resolución, ya sea judicial o administrativa, sino que implica la concordancia entre la parte considerativa y dispositiva, que además debe mantenerse en todo su contenido, efectuando un razonamiento integral y armonizado entre los distintos considerandos y juicios de valor emitidos por la resolución
    • III.3
    • Respecto a la
    • Un entendimiento distinto resultaría incompatible con el sistema de garantías procesales establecido en la Constitución, que impide cualquier forma de sorpresa en los procesos; y de hecho, cualquier ampliación o modificación del contenido del recurso, determinaría que el demandado esté frente a hechos nuevos, situándolo en una virtual indefensión
    • RA
    • Resolución Ministerial
    • Ministras y los Ministros de Estado
    • sin perjuicio del derecho de los interesados de ofrecer y producir las pruebas que sean pertinentes
    • pese a que debió indicar cómo se llegó a la conclusión de que efectivamente se cargaron 300 L de combustible
    • Sobre la transgresión del derecho debido proceso en su elemento de motivación
    • producida la prueba o vencido el plazo para su producción
    • Fragmento 27
    • En relación a la lesión del derecho al debido proceso en su elemento de congruencia interna
    • aproximación
    • aproximadamente
    • REVOCAR

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