SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0525/2017-S1
Fecha: 31-May-2017
en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas
Por otra parte, respecto a la indefensión alegada, por haberse realizado el proceso en cuarenta y ocho horas, se tiene que el art. 102 de la LRDPB, establece -para casos como el analizado-, el procedimiento a seguirse de la siguiente manera: “… Dictado el Auto Inicial de Proceso, pondrá a la procesada o al procesado bajo disposición procesal, y en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas llevará a cabo la audiencia de proceso, que en caso de ser necesario podrá ser móvil. Concluida la audiencia, se emitirá la Resolución de Primera Instancia…”. Bajo este contexto, lejos de advertirse un proceso anómalo que hubiera provocado la indefensión alegada; y, expuestas así las cosas, se observa que la citada norma, establece un plazo perentorio máximo para efectuar la audiencia de proceso, a cuya culminación se debía emitir la resolución de primera instancia, tal cual acaeció en el presente caso. En tal sentido, es evidente que el plazo establecido de cuarenta y ocho horas, resulta razonable en mérito a la naturaleza del proceso (disciplinario) en flagrancia que observa indiscutiblemente el principio de celeridad; y, sin que tampoco este reclamo hubiera sido objeto de impugnación, no ameritará mayor pronunciamiento.
- acción de amparo constitucional
- a) En el Juicio oral
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- a)
- I.2.3.
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- 1) Derecho a la defensa
- Fragmento 18
- concordancia entre el petitum de las partes y la decisión asumida por el juez o tribunal
- Una resolución incongruente es arbitraria
- por otra, respecto a la estructura de la Resolución, a fin de que absuelva todos los puntos a consideración del juzgador
- conexitud del objeto del proceso entre la acusación y la sentencia
- correlación entre la decisión y los términos en que quedo oportunamente planteada la litis
- comprende a su vez el derecho a la defensa
- 1) En el Juicio oral
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- las autoridades
- se efectúa a partir de la última resolución
- Sobre el derecho al debido proceso
- actuando al margen de la ley y el procedimiento establecido
- Acerca del derecho a la defensa, relacionado con el debido proceso
- en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas
- En relación al derecho al trabajo
- CONFIRMAR