Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0522/2017-S2
Fecha: 05-Jun-2017
II.4.
II.4. Mediante Resolución Municipal 116/2016 de 16 de noviembre, el Concejo Municipal de Cobija, en respuesta del reclamo presentado por el ahora accionante, resolvió instruir al Ejecutivo Municipal la paralización de todos los trámites administrativos respecto al bien inmueble ubicado en zona Santa Cecilia, calle Arturo Posnanski esquina Progreso, Distrito 01, manzano 091, predio 001, disponiendo que a través de la Dirección de Ordenamiento Territorial y Catastro, la Dirección de Ingresos Municipales y la Dirección Jurídica, se realicen los informes correspondientes sobre los documentos que cuenta la entidad municipal y los presentados por David Eduardo Yeske (fs. 89 a 91).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.
- III.1. Legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.2. El amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.3
- CONFIRMAR en todo