SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0550/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0550/2017-S3

Fecha: 19-Jun-2017

b)

b)  La justificación de que ninguna de las partes haya reclamado el retraso en la remisión de antecedentes -sumado en la emisión del Auto de Vista que resolvió la apelación restringida- o la inexistencia de una llamada de atención por parte del Tribunal Supremo de Justicia, no es suficiente para establecer una causal liberatoria de responsabilidad disciplinaria, puesto que la administración de justicia se encuentra regida por principios constitucionales de la potestad de impartir justicia, además de la celeridad, servicio a la sociedad, eficacia y eficiencia;