SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2017-S1

Fecha: 27-Jun-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La parte accionante en representación legal de la empresa DATEL S.R.L., denuncia la lesión de sus derechos a la petición, al acceso a una justicia o tutela judicial efectiva, a la defensa y al debido proceso en sus elementos de impugnación, fundamentación y motivación; y, los principios de legalidad y seguridad jurídica; toda vez que, mediante RA 213/2015 de 31 de diciembre, “BOLIVIA TV” resolvió unilateralmente los contratos administrativos 014-08 de 14 de abril de 2008 y el modificatorio 002-09 de 13 de agosto de 2009, suscritos con su entidad, supuestamente por incumplimiento del plazo en la entrega de provisiones, sin considerar que el retraso no le era atribuible, sino a la empresa contratante; por lo que, al considerarla arbitraria e ilegal, al ser emitida sin previo proceso, sin que pueda asumir defensa y adoptando el papel de juez y parte, interpuso recursos de revocatoria y jerárquico en su contra; empero, la empresa demandada, mediante simples notas devolvió el original de los memoriales de dichas impugnaciones en cuatro oportunidades negándose a resolverlos, alegando falta de competencia por no estar sometidos a la Ley de Procedimiento Administrativo; razones por las cuales, la entidad demandada al no conocer y resolver su situación jurídica oportunamente la dejó en estado de indefensión; en consecuencia, pretende que la jurisdicción constitucional, conozca el fondo de su problemática relacionada con la resolución indebida de los referidos contratos.