DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2017
Fecha: 28-Jul-2017
improcedencia
En el actual texto del numeral 29 del art. 113 del proyecto de Carta Orgánica, se modificó su contenido, el mismo no es acorde a los fundamentos de incompatibilidad desarrollados en la Declaración Constitucional Plurinacional primigenia, porque se cambió el objeto de regulación de dicha disposición y este Tribunal, no puede ingresar al análisis respectivo, que no formaron parte del primer proyecto, motivo por el cual, debe declararse la improcedencia de la adecuación efectuada en el indicado numeral, debiendo el estatuyente municipal, adecuar la indicada disposición en función al cargo de incompatibilidad o en su caso suprimirlo del proyecto.
En el actual texto del numeral 8 del art. 145 del proyecto de Carta Orgánica, se realizó una modificación sustancial en su contenido regulatorio; sin embargo, éstas no se encuentran acorde al cargo de incompatibilidad desarrollados en la DCP 0076/2016, porque se cambió su objeto de regulación; de tal manera que en el primer proyecto se establecía una obligación para el control social y en el actual fue reemplazado por una regulación de creación de una gaceta oficial; en tal sentido, al haberse cambiado el objeto de regulación de la disposición anotada, este Tribunal no puede efectuar el control previo de constitucionalidad de disposiciones que no formaron parte del primer proyecto, razón por lo que corresponde declarar la improcedencia de la modificación efectuada en la disposición citada; debiendo en todo caso el estatuyente municipal, suprimir dicha disposición del contenido del proyecto.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- INCOMPATIBILIDAD
- III.
- Fragmento 5
- 7
- Artículo 7.- De la jerarquía jurídica.-
- Cargo de incompatibilidad en la DCP 0076/2016
- compatibilidad
- totalidad de las bolivianas y los bolivianos, las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianas que en conjunto constituyen el pueblo boliviano
- Artículo 26.- Del sistema de riego y micro riego.-
- Cargos de incompatibilidad en la DCP 0076/2016
- misma que debe entenderse en relación a la reserva de ley consignada en el art. 339.II de la CPE
- Fragmento 14
- impedimentos
- Sobre el parágrafo II del art. 111 del proyecto
- Cargo de incompatibilidad constitucional de un término contendió en el numeral 3 del art. 113 del proyecto
- Cargo de incompatibilidad constitucional del numeral 15 del artículo y proyecto precedentemente mencionado
- Cargo de incompatibilidad constitucional de una frase del numeral 19 del artículo y proyecto antes referido
- Cargo de incompatibilidad constitucional del numeral 29 del artículo y proyecto antes mencionado
- improcedencia
- Sobre el parágrafo I
- Artículo 128.- De las facultades del Órgano Ejecutivo.-
- De las facultades del Órgano Ejecutivo
- basado en la distribución ordenada de funciones y asignación de competencias entre varios niveles de gobierno, para una óptima ejecución de políticas públicas
- delimita la distribución de competencias, efectivizando un sistema de reparto del poder político y administrativo entre el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas
- i) El ámbito jurisdiccional
- ii) El ámbito material
- iii) El ámbito facultativo
- Cargo de incompatibilidad constitucional del numeral 5 del art. 129 del proyecto
- Cargo de incompatibilidad constitucional del numeral 7 del art. 129 del proyecto
- Cargo de incompatibilidad constitucional del numeral 8 del art. 129 del proyecto
- Cargo de incompatibilidad constitucional del numeral 24 del art. 129 del proyecto
- Cargo de incompatibilidad constitucional del numeral 27 del art. 129 del proyecto
- diferentes niveles de gobierno del Estado
- Cargo de incompatibilidad constitucional del numeral 3 del art. 133 del proyecto
- Cargo de incompatibilidad constitucional del numeral 4 del art. 133 del proyecto
- Artículo 135.- De la responsabilidad de las y los servidores públicos.-
- Cargo de incompatibilidad en la DCP 0072/2016
- Cargo de incompatibilidad constitucional de los numerales 4 y 5 del art. 142 del proyecto
- Artículo 144.- De las formas de la participación ciudadana.-
- Artículo 146.- Del ejercicio competencial.-
- debido a un error de transcripción,
- Cargo de incompatibilidad constitucional del parágrafo II del art. 152 del proyecto
- Cargo de incompatibilidad constitucional de los parágrafos III y IV del art. 152 del proyecto