DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2017
Fecha: 28-Jul-2017
Sobre el parágrafo II del art. 111 del proyecto
Como se señaló en el párrafo introductorio, el parágrafo II del art. 111 del proyecto, establece dos nuevos requisitos para acceder a cargos electos en el Gobierno Autónomo Municipal del ‘El Choro’; el primero referido a la vulneración de derechos de las mujeres y el segundo a la violencia contra autoridades electas. Al respecto cabe señalar que el art. 272 de la CPE, determinó que la cualidad autonómica de las ETA, se la ejerce en los márgenes de la jurisdicción territorial y de las competencias, por lo que pretender que los gobiernos sub nacionales establezcan regulación fuera de esos límites, implica la afectación al orden competencial constitucional; en el caso concreto, existe el establecimiento de requisitos no contemplados en el art. 234 de la CPE, este extremo conlleva al ejercicio de la titularidad de la competencia referida al régimen electoral, competencia que no fue asignada a los gobiernos autónomos municipales en forma exclusiva.
Si bien la regulación del régimen electoral para la elección de autoridades sub nacionales, es una competencia exclusiva del nivel central del Estado (art. 298.II.1 de la CPE), la jurisprudencia constitucional fue permisible en este aspecto y permitió que los proyectos de cartas orgánicas incluyan entre sus disposiciones regulación sobre dicha materia, en tanto sean acordes al texto constitucional, y en el caso puntual de los requisitos para la elección de concejalas o concejales, se consintió su inclusión, siempre y cuando estén relacionados con los requisitos para el acceso al servicio público y los determinados para cargos electos de los órganos ejecutivos y legislativos de los gobiernos autónomos, previstos todos éstos, en los arts. 234, 285.I y 287.I de la CPE, de modo que no exista una afectación al ejercicio de las competencias, siendo que la norma institucional básica, no puede establecer requisitos que estén al margen de la Constitución Política del Estado.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- INCOMPATIBILIDAD
- III.
- Fragmento 5
- 7
- Artículo 7.- De la jerarquía jurídica.-
- Cargo de incompatibilidad en la DCP 0076/2016
- compatibilidad
- totalidad de las bolivianas y los bolivianos, las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianas que en conjunto constituyen el pueblo boliviano
- Artículo 26.- Del sistema de riego y micro riego.-
- Cargos de incompatibilidad en la DCP 0076/2016
- misma que debe entenderse en relación a la reserva de ley consignada en el art. 339.II de la CPE
- Fragmento 14
- impedimentos
- Sobre el parágrafo II del art. 111 del proyecto
- Cargo de incompatibilidad constitucional de un término contendió en el numeral 3 del art. 113 del proyecto
- Cargo de incompatibilidad constitucional del numeral 15 del artículo y proyecto precedentemente mencionado
- Cargo de incompatibilidad constitucional de una frase del numeral 19 del artículo y proyecto antes referido
- Cargo de incompatibilidad constitucional del numeral 29 del artículo y proyecto antes mencionado
- improcedencia
- Sobre el parágrafo I
- Artículo 128.- De las facultades del Órgano Ejecutivo.-
- De las facultades del Órgano Ejecutivo
- basado en la distribución ordenada de funciones y asignación de competencias entre varios niveles de gobierno, para una óptima ejecución de políticas públicas
- delimita la distribución de competencias, efectivizando un sistema de reparto del poder político y administrativo entre el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas
- i) El ámbito jurisdiccional
- ii) El ámbito material
- iii) El ámbito facultativo
- Cargo de incompatibilidad constitucional del numeral 5 del art. 129 del proyecto
- Cargo de incompatibilidad constitucional del numeral 7 del art. 129 del proyecto
- Cargo de incompatibilidad constitucional del numeral 8 del art. 129 del proyecto
- Cargo de incompatibilidad constitucional del numeral 24 del art. 129 del proyecto
- Cargo de incompatibilidad constitucional del numeral 27 del art. 129 del proyecto
- diferentes niveles de gobierno del Estado
- Cargo de incompatibilidad constitucional del numeral 3 del art. 133 del proyecto
- Cargo de incompatibilidad constitucional del numeral 4 del art. 133 del proyecto
- Artículo 135.- De la responsabilidad de las y los servidores públicos.-
- Cargo de incompatibilidad en la DCP 0072/2016
- Cargo de incompatibilidad constitucional de los numerales 4 y 5 del art. 142 del proyecto
- Artículo 144.- De las formas de la participación ciudadana.-
- Artículo 146.- Del ejercicio competencial.-
- debido a un error de transcripción,
- Cargo de incompatibilidad constitucional del parágrafo II del art. 152 del proyecto
- Cargo de incompatibilidad constitucional de los parágrafos III y IV del art. 152 del proyecto