DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2017

Fecha: 28-Jul-2017

totalidad de las bolivianas y los bolivianos, las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianas que en conjunto constituyen el pueblo boliviano

El art. 21.1 de la CPE, establece: ‘A la autoidentificación cultural’, como un derecho constitucional, que implica la libertad de todas las personas de establecer su identidad cultural, lo que conlleva a una manifestación voluntaria y plena de la identidad; por lo mismo, no puede existir una disposición que pretenda forzar el cumplimiento de prácticas culturales ajenas a la de uno mismo; este tipo de prerrogativas responden justamente a la compleja composición social del Estado boliviano, que se ve reflejada en el art. 3 de la CPE, que expresa: ‘La nación boliviana está conformada por la totalidad de las bolivianas y los bolivianos, las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianas que en conjunto constituyen el pueblo boliviano’, y que se encuentra refrendada en el art. 98.I de la misma Constitución, señala que: ‘La diversidad cultural constituye la base esencial del Estado Plurinacional Comunitario. La interculturalidad es el instrumento para la cohesión y la convivencia armónica y equilibrada entre todos los pueblos y naciones. La interculturalidad tendrá lugar con respeto a las diferencias y en igualdad de condiciones’.