SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0685/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0685/2017-S3

Fecha: 17-Jul-2017

denegó

La Jueza Pública Civil y Comercial Decimoprimera de la Capital del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, por Resolución de 24 de mayo de 2017, cursante de fs. 379 a 384, denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: a) La jurisprudencia constitucional estableció que la acción de amparo constitucional no es la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos o no consolidados, ya que dependen de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos, porque de analizar las mismas importaría el reconocimiento de derechos por vía de la presente acción tutelar, lo que no corresponde a su ámbito de protección salvo que estén consolidados, como tampoco puede ingresar a valorar y analizar hechos controvertidos (SSCC 0278/2006-R de 27 de marzo, 1539/2011-R de 11 de octubre y SCP 0301/2012 de 18 de junio, entre otras); y, b) En la presente acción de amparo constitucional, se evidencia la existencia de hechos controvertidos, extremo que como se fundamentó supra, esta jurisdicción se encuentra imposibilitada de ingresar al análisis fondo de la problemática planteada.