SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0690/2017-S3
Fecha: 21-Jul-2017
En cuanto al erróneo cálculo en el incremento salarial sobre el total ganado y no sobre el salario básico
En cuanto al erróneo cálculo en el incremento salarial sobre el total ganado y no sobre el salario básico, las autoridades judiciales demandadas advirtieron al respecto que el demandado -hoy accionante-afirmó que no correspondía su pago, porque los trabajadores abandonaron su fuente laboral, transgrediendo los arts. 16 y 105 de la LGT; 4, 9 incs. a), h) e i) y 150 de su Decreto Reglamentario; 3 y 4 del DL 2565; y, 7 del DS 1592 de 19 de abril de 1949, más el Decreto Supremo 809, pero que el nombrado no explicó las transgresiones cometidas por el Tribunal de alzada o de qué manera esas normas fueron indebidamente aplicadas, por lo que no pudieron ingresar a un análisis detallado, identificando además en cuanto a las planillas que: “Es tal la imprecisión de fundamento del recurso, que el recurrente llega a afirmar que ‘existió fraude procesal’ por el hecho de que los trabajadores Marco Chura Carlos, Alberto Huayllas, Andrés Villca, Zacarías Andrade, Jonny Cesar Herrera y Jaime Aranda, cobraron el sueldo de 2011, seguramente quiso manifestar que estos trabajadores al haber cobrado el sueldo de la gestión indicada, actuaron fraudulentemente” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- errores in procedendo
- errores in iudicando
- i)
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- en tres dimensiones distintas
- la exigencia de la motivación de las resoluciones, lo que significa, que toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma
- la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados,
- el principio de congruencia
- Fragmento 22
- III.3. Análisis del caso concreto
- errores
- respecto a que la figura del retiro indirecto se encuentra estrechamente vinculada a la errónea interpretación del art. 2 del DS de 9 de marzo de 1937
- Sobre la omisión de valoración de la prueba consistente en las cartas de 16 de junio de 2011
- En cuanto al erróneo cálculo en el incremento salarial sobre el total ganado y no sobre el salario básico
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
- CONFIRMAR