SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0690/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0690/2017-S3

Fecha: 21-Jul-2017

II.2.

II.2.  El 17 de agosto de 2011, Alberto Huayllas Camata, Víctor Sejas Morales, José Rubén Gutiérrez Hinojosa y Sergio Marcelo Gutiérrez Moscoso en representación legal de Crispín Acosta Peredo, Zacarías Andrade Abasto, José Ronald Andrade Coca, Jaime Aranda Pérez, Hugo Arnez, Andrés Gonzáles Vargas, Simón Macario Gutiérrez Chachahuayna, Jonny César Herrera Orellana, Severo Huanca Chuquimia, Adhemar Ronald Tarque Salinas, Ricardo Merino Aguilar, Juan Elías Mollo Copa, Carlos Marcos Chura, Delfín Romero Quiroz, Jorge Veizaga, Julio Sánchez Parra, Andrés Villca Flores, Edwin René Mamani Saavedra y Juan Carlos Terceros Terrazas -ahora terceros interesados- plantearon demanda laboral de pago de salarios y beneficios sociales (fs. 44 a 53), oponiendo la empresa Sudamericana de Construcción S.R.L. -representada legalmente por el hoy accionante- excepción previa de imprecisión o contradicción en la demanda, por cuanto en materia laboral solo se reconoce como causal de retiro indirecto la rebaja de salario (fs. 90 a 91), para luego responder negativamente la demanda (fs. 93 a 100), adjuntando posteriormente prueba de descargo de reciente obtención (fs. 239 a 241).