SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0695/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0695/2017-S3

Fecha: 21-Jul-2017

respecto al segundo argumento lesivo

Inicialmente y respecto al segundo argumento lesivo expuesto por el accionante, a esta jurisdicción no le está reconocida la facultad de efectuar un análisis sobre la legalidad ordinaria, pues ello es una tarea que realizan los jueces y tribunales ordinarios o administrativos; toda vez que, para que este Tribunal pueda interferir en dicha labor, el peticionante de tutela debe exponer de manera clara cuál el error de hecho o de derecho en la interpretación realizada y cuál su vinculación con la vulneración de derechos o garantías constitucionales.