SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0695/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0695/2017-S3

Fecha: 21-Jul-2017

Una resolución incongruente es arbitraria

Sobre la congruencia de las resoluciones, la SCP 0049/2013 de 11 de enero, concluyó que: Una resolución incongruente es arbitraria, por tanto su impugnación hace viable su revocación; mejor dicho, impone al tribunal o juez de alzada el deber de su rectificación, asegurándose la estricta correspondencia entre la acusación y el fallo, garantizando de esta manera la sustanciación de un proceso justo.