Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0850/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
II.4.
II.4. Por Auto 27 de 26 de mayo de 2015, el Juez hoy demandado, dentro del proceso judicial ya mencionado, a través de esa Resolución se determinó anular obrados desde fs. 739 hacia adelante, en atención al incidente planteado por Blanca Elena Roca Rivero y otros, con el mismo argumento descrito en la conclusión precedente (fs. 30 a 31 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La función de los derechos fundamentales y su protección por medio de la acción de amparo constitucional en el Estado Plurinacional
- Fragmento 15
- III.2. La fundamentación, motivación y congruencia como elementos del debido proceso
- III.3. De la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- III.4. Análisis del caso concreto
- (Conclusión II.1.).
- (Conclusión II.3.)
- iii)
- Otras consideraciones
- REVOCAR en parte