DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017

Fecha: 03-Ago-2017

Artículo 89. (Medicina Tradicional).

IV. Debe proteger y regular a través de una ley municipal, las investigaciones sobre plantas medicinales, el registro de las patentes para los territorios de los pueblos indígenas originarios campesinos realizados por investigadores externos, previo proceso de consulta previa, con participación y seguimiento de un representante del pueblo indígena originario campesino”.