DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017

Fecha: 03-Ago-2017

Sobre el numeral 21

La declaración anterior estableció la incompatibilidad de la frase “y de patrimonio institucional”; puesto que, el estatuyente no tomó en cuenta que por mandato del      art. 339.II parte in fine de la CPE, la calificación de los bienes de patrimonio del Estado y de las entidades públicas −estando entre ellas claro está la administración municipal− debe ser efectuada por una ley nacional, de la lectura se constata que la presente disposición fue adecuada correctamente.