DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017

Fecha: 03-Ago-2017

Sobre el parágrafo III numeral 1

La DCP 0070/2016 declaró la incompatibilidad de la frase “del Gobierno Autónomo Departamental y del nivel central del Estado” a través del siguiente razonamiento: “Lo antes mencionado advierte que el constituyente y el legislador nacional han previsto que la educación constituye la función suprema y primera responsabilidad del Estado, en sus niveles de gobiernos nacional y subnacional; por lo que, no resulta disonante que los gobiernos subnacionales en sus normas institucionales básicas incorporen la misma regulación. En ese entendido, si bien el numeral en estudio en su contenido replica la previsión establecida en los artículos citados en los párrafos precedentes, empero lo regula para el nivel central del Estado y para el gobierno departamental, traspasando de esta forma el ámbito de aplicación jurisdiccional de la Carta Orgánica e ingresando en disonancia con el art. 272 de la CPE” , de su lectura se constata que el mismo fue adecuado conforme el citado entendimiento.