DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017

Fecha: 03-Ago-2017

Artículo 99. (Personas con Capacidades Diferentes).

   I.       Promueve la integración y participación social, económica, política y cultural de toda persona con discapacidad como  sujeto de derecho; para, el  acceso a  beneficios públicos y  ejercicio  de  sus derechos en condiciones de igualdad. respeto, solidaridad, inclusión social, equidadde género  y social;  velando, por su salud física, emocional y  cognitiva                   sin discriminación alguna,           conforme a la Constitución Política del  Estado, los Tratados, Convenios Internacionales y leyes vigentes.