DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017

Fecha: 03-Ago-2017

Fragmento 55

El parágrafo III antes numerales 10, 14 y 22 fueron declarados incompatibles por la DCP 0070/2016; sin embargo, el estatuyente, optó por eliminarlos y en atención al art. 116 del CPCo, que establece el objeto del control de constitucionalidad de los proyectos de estatutos o cartas orgánicas, es confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional y al haberse eliminado dichas disposiciones, no existe contenido normativo que confrontar; por lo que, no se realiza el control de constitucionalidad.