SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0979/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0979/2017-S1

Fecha: 11-Sep-2017

III.3.1.   La congruencia como principio característico del debido proceso

La SCP 0049/2013 de 11 de enero, ha expresado el siguiente entendimiento: “El principio de congruencia hace a la garantía del debido proceso, que en definitiva marca el desarrollo del proceso para poder llegar a la sentencia, estableciendo un límite al poder discrecional del juzgador. A través de este principio se obtiene la concordancia entre el petitum de las partes y la decisión asumida por el juez o tribunal; quedando entendido que los mismos no pueden modificar el petitorio ni los hechos planteados en la demanda…