SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0985/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0985/2017-S1

Fecha: 11-Sep-2017

1)

Hipólito Mamani Huanca en representación del Rector de la UPEA, en audiencia manifestó que: 1) El plazo para la presentación de amparo constitucional es de seis meses computables a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho, el accionante ha referido que el 26 de septiembre de 2016,  fue notificado con el último acto administrativo; sin embargo, las resoluciones fueron emitidas en el mes de agosto causando estado en el mes de septiembre, de manera que haciendo un cómputo desde el mes de septiembre hasta marzo, venció su plazo para la interposición de la presente acción; motivo por el cual, solicitó se deniegue la tutela; y, 2) Eduardo Bernal Díaz, abogado apoderado del Rector de la UPEA, complementó haciendo una relación de los hechos acontecidos y aclarando que paralelamente al proceso administrativo, se inició una acción penal en contra de varias personas, entre ellas el accionante.