Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0727/2018-S2
Fecha: 31-Oct-2018
II.1.
II.1. La Instructiva DDE-SCZ/SDER/005/2017 de 13 de marzo, pronunciada por el Director Departamental de Educación de Santa Cruz, a través de la Subdirección de Educación Regular de Santa Cruz, instruyó a los cincuenta y tres Directores Distritales de Educación de Santa Cruz, realizar el seguimiento en las diferentes Unidades Educativas de su dependencia y reportar el nombre de aquéllos maestros que no estuviesen pasando clases en el asiento de sus funciones y de esa manera dar cumplimiento a la Resolución Ministerial 001/2017 en su art. 4 (Calendario Escolar) y al art. 33 (Licencias) (fs. 152).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- “improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- III.1.
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- 2.
- 1) las autoridades judiciales
- III.1.1. El agotamiento de los recursos de revocatoria y jerárquico en el ámbito administrativo
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 23
- II.
- Reglamento de Licencias
- Comité de Libertad Sindical de la Oficina Internacional del Trabajo
- el Comité estima que proceder como hizo el Ministerio de Educación a no pagar los días trabajados en reemplazo de esos mismos días de paro
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO