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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0731/2018-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0731/2018-S2

    Fecha: 31-Oct-2018

    II.11.

    II.11.  Mediante memorial presentado el 4 de abril de 2015, la accionante solicitó la nulidad de la notificación efectuada con el PIET, que fue rechazada por Proveído AN-GRPGR-ULEPR-SET-P 037/2015 de 8 de abril, notificada al sujeto pasivo el 15 del referido mes y año, en Secretaría de la Gerencia Regional Potosí de la ANB (fs. 362 a 365).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.13.
    • II.14.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así: a) cuando se planteó el recurso pero de manera incorrecta, que se daría en casos de planteamientos extemporáneos o equivocados
    • III.2.
    • Fragmento 24
    • Fragmento 25
    • Fragmento 26
    • Fragmento 27
    • CONFIRMAR

    Otros enlaces de interés:

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