Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0733/2018-S3
Fecha: 01-Oct-2018
Fragmento 7
Isabel Ana María y Marina Tintaya, por intermedio de sus abogados en audiencia manifestaron que: La Sentencia Constitucional Plurinacional “… No 129/2018…” (sic) estableció que “‘…la vulneración del debido proceso, que no tenga relación a la privación de libertad, no puede ser protegida por la acción de libertad debiendo, recurrirse a la acción de amparo…”’ (sic). Así mismo pidió tomar en cuenta que en el caso concreto transcurrieron más de seis meses desde la emisión de la resolución que se pretende modificar, requirieron se deniegue la tutela.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- Fragmento 7
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza y alcances de la acción de libertad
- III.2. Identidad de objeto, sujeto y causa de otra acción de libertad
- III.3. El principio de prohibición de la reformatio in peius -reforma en perjuicio-, cuando la sentencia de primera instancia es apelada solo por el procesado
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- ii)
- CONFIRMAR