Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0733/2018-S3
Fecha: 01-Oct-2018
II.10.
II.10. Cursa Auto Interlocutorio de 26 del mes y año señalado, emitido por el Tribunal de Sentencia Penal Primero de Quillacollo del precitado departamento; por el que, se dispuso el rechazo a la solicitud de cesación de la detención preventiva planteada por la peticionante de tutela, por estar subsistentes los riesgos procesales de fuga y obstaculización previstos en los arts. 234.10 y 235.2 y 4 del CPP (fs. 62 vta. a 67).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- Fragmento 7
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza y alcances de la acción de libertad
- III.2. Identidad de objeto, sujeto y causa de otra acción de libertad
- III.3. El principio de prohibición de la reformatio in peius -reforma en perjuicio-, cuando la sentencia de primera instancia es apelada solo por el procesado
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- ii)
- CONFIRMAR