Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0733/2018-S3
Fecha: 01-Oct-2018
II.7.
II.7. Por Auto de Vista de 23 de mayo del año referido, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia citado, declaró parcialmente procedente el recurso de apelación planteado por la solicitante de tutela contra el Auto Interlocutorio de 7 de abril de igual año; revocando el art. 235.1 del CPP (fs. 53 vta. a 55 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- Fragmento 7
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza y alcances de la acción de libertad
- III.2. Identidad de objeto, sujeto y causa de otra acción de libertad
- III.3. El principio de prohibición de la reformatio in peius -reforma en perjuicio-, cuando la sentencia de primera instancia es apelada solo por el procesado
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- ii)
- CONFIRMAR