VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0668/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0668/2018-S2

Fecha: 17-Oct-2018

I. ANTECEDENTES RELEVANTES DE LA DISIDENCIA

La suscrita Magistrada si bien comparte la parte resolutiva de la SCP 0668/2018-S2 de 17 de octubre, que confirmó la Resolución 280/2018 de 14 de septiembre, emitida por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituido en Tribunal de garantías; y, concedió en parte la tutela impetrada por el accionante; sin embargo, manifiesta su desacuerdo con los fundamentos de dicha Resolución, por cuanto considera que debió existir un cambio de línea jurisprudencial, respecto a la facultad disciplinaria de las autoridades judiciales, con relación al arresto de las partes y sus abogados en materia penal.

En ese sentido, se aclara que el expediente 25566-2018-52-AL correspondiente a la SCP 0668/2018-S2 que motiva esta Disidencia, fue inicialmente sorteado a mi despacho; empero, al encontrarse en desacuerdo con los fundamentos, el Magistrado Carlos Alberto Calderón Medrano, decidió formular proyecto alterno, no obstante que correspondía la elaboración de una aclaración de voto, debido a que existe consenso en la parte resolutiva, en lo concerniente a la concesión de la tutela sobre el derecho a la libertad y a la denegatoria con relación al Secretario demandado. En ese sentido, remitido a Presidencia el proyecto original y el alterno, el Presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional aceptó dirimir el caso y lo hizo a favor del proyecto del Magistrado Carlos Alberto Calderón Medrano; por lo que, me veo obligada a formular el presente Voto Disidente, conforme a los siguientes fundamentos: