SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0777/2018-S4
Fecha: 14-Nov-2018
b)
b) Continuando con la fundamentación, el Auto de Vista de 6 de marzo de 2018, estableció que el institutito de la prescripción de la acción penal busca precautelar el derecho a un debido proceso, la prohibición de indefensión (derecho a la defensa) y el derecho a la seguridad jurídica, los que por previsión constitucional y legal asisten a toda persona sometida a un proceso penal, correspondiendo efectuar una ponderación entre ellos y los derechos que de los cuales son también titulares únicamente por reunir la cualidad de persona, como derecho elemental y humano propugnado no solo por disposiciones constitucionales, sino también por normativa internacional, como una expresión de la voluntad del colectivo regional y mundial para que, a partir de ello, se pueda arribar a una determinación no simplemente apegada a la legalidad, sino también en armonía a la premisa de justica.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación y motivación, deber inherente a las autoridades jurisdiccionales
- III.2. Pérdida de la facultad del Estado para ejercer la persecución penal por el transcurso del tiempo: La prescripción
- III.3. Principio de Ponderación de derechos
- Fragmento 13
- III.4. El derecho a la vida y la prohibición de tratos crueles, inhumanos, degradantes o humillantes
- 2.
- iii.
- III.5. Análisis del caso concreto
- el derecho supremo respecto del cual no se autoriza suspensión alguna, ni siquiera en situaciones que pongan en peligro la vida de la nación
- b)
- c)
- d)
- Fragmento 22
- CONFIRMAR