SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0777/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0777/2018-S4

Fecha: 14-Nov-2018

III.4. El derecho a la vida y la prohibición de tratos crueles, inhumanos, degradantes o humillantes

En ese sentido, estableció: “La Constitución Política del Estado en su art. 15.I como derecho fundamental dispone que: ‘Toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad física, psicológica y sexual. Nadie será torturado, ni sufrirá tratos crueles, inhumanos degradantes o humillantes. No existe pena de muerte’, en su parágrafo III, determina también que: ‘El Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar la violencia de género y generacional, así como toda acción u omisión que tenga por objeto degradar la condición humana, causar muerte, dolor y sufrimiento físico, sexual y psicológico, tanto en el ámbito público como privado’.