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    PLURINACIONAL 0828/2018-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    PLURINACIONAL 0828/2018-S1

    Fecha: 12-Dic-2018

    CONFIRMAR

    El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 2/2018 de 12 de junio, cursante de fs. 80 a 87 vta., pronunciado por el Juez Público Civil y Comercial Tercero de la Capital del departamento de Pando; y en consecuencia DENEGAR la tutela impetrada.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • ‘debiendo los demandados emitir nueva resolución debidamente fundamentada y motivada respecto al art. 234.10 del CPP, dentro de los marcos jurisprudenciales establecidos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional y en base al principio de razonabilidad y favorabilidad
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.2
    • II.3.
    • II.4
    • II.5.
    • II.6.
    • Fragmento 14
    • III.1
    • Tribunal de apelación
    • aclarándose que la fundamentación se exige tanto en las resoluciones pronunciadas en primera instancia, como aquellas emitidas en apelación y en toda decisión judicial conforme establece el art. 124 del CPP
    • Fragmento 18
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • tres agravios
    • Fragmento 21
    • CONFIRMAR

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