PLURINACIONAL 0828/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

PLURINACIONAL 0828/2018-S1

Fecha: 12-Dic-2018

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante, por intermedio de su abogado en audiencia, ratificó de manera íntegra lo expresado en el memorial de acción de amparo constitucional, y en derecho a la réplica manifestó que el Ministerio Público encontró al prenombrado en el domicilio donde hallaron sustancias controladas, pero que no se pudo demostrar el motivo por el cual se encontraba en el lugar, “…empero el art. 239 núm. I establece que se deben recabar nuevos elementos de juicio y con ellos acudir ante el juez para solicitar la cesación a la detención preventiva…” (sic), en su momento se fundamentó que ese día se lo encontró en esa casa, pero esa situación se debió a que fue a “cobrar unos plantines”, ya que no vive en el inmueble en cuestión, extremo que demostró con certificado domiciliario, aspectos que no fueron considerados en la fundamentación y se aplicó la SCP 070/2014 en razón a que sería un peligro para la sociedad.