PLURINACIONAL 0828/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

PLURINACIONAL 0828/2018-S1

Fecha: 12-Dic-2018

Fragmento 18

El accionante, denuncia la vulneración de sus derechos a la presunción de inocencia, al debido proceso en sus vertientes de fundamentación y legalidad; toda vez que, dentro del proceso penal seguido en su contra: 1) El Juez de Instrucción Penal Primero de la Capital del departamento de Pando -hoy codemandado-, en audiencia de cesación de la detención preventiva, mediante Auto Interlocutorio de 14 de mayo de 2018, declaró improcedente dicha solicitud; señalando la subsistencia del núm. 1 del art. 233 y el riesgo procesal establecido en el art. 234.10, ambos del CPP; y, 2) Los Vocales de la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando  -hoy codemandados-, mediante Auto de Vista de 23 de mayo de 2018, declararon IMPROCEDENTE la apelación incidental sobre las cuestiones referidas a la concurrencia del núm. 1 del art. 233 y núm. 10 del art. 234 ambos del CPP, sin la debida fundamentación y legalidad como tampoco valoraron los nuevos elementos que presentó, consistentes en el acta de careo, declaración ampliatoria, documentación del domicilio verificado por la policía, certificado de antecedentes penales y policiales.