SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2018-S2

Fecha: 20-Dic-2018

1º C

1º CONCEDER la tutela provisional y transitoria a los impetrantes de tutela con relación al derecho a la propiedad; disponiendo en el marco de una tutela reparadora, el cese de todo acto de perturbación a la posesión y a la propiedad -en el uso, goce y disfrute- por parte de los demandados, del tercero interesado y de otras personas; así como la entrega inmediata del inmueble a los accionantes; y de una tutela preventiva, la abstención de ingreso de nuevas personas al lote de terreno y la prohibición de innovar; incluso acudiendo al auxilio de la fuerza pública para tal desocupación y custodia respectivamente; hasta que se activen los mecanismos institucionales o jurisdiccionales competentes; y, CONCEDER la tutela definitiva por supresión del derecho de acceso a la justicia de los demandantes de tutela, por la inobservancia y fractura del principio de Estado Constitucional de Derecho y por haber prescindido de los mecanismos institucionales y jurisdiccionales al momento de avasallar el predio”.

Ahora bien, de los hechos revisados en ambas acciones de defensa             -amparo constitucional y popular-, es posible concluir que circundan a problemas en torno a conflictos entre particulares sobre el derecho propietario de fundos en la zona de Morros Blancos y conflictos emergentes entre bienes municipales de dominio público y el derecho propietario entre particulares, en la misma zona; sin embargo, en ambos casos, la justicia constitucional, no definió ni consolidó derecho propietario alguno, prueba de ello es que en la SCP 0119/2018-S2, si bien se concedió la tutela provisional y transitoria, fue “…hasta que se activen los mecanismos institucionales o jurisdiccionales competentes…” y, en la presente acción popular, no se ingresa al fondo del problema jurídico por la existencia de hechos y derechos controvertidos.