ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0025/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0025/2018-S2

Fecha: 28-Feb-2018

Finalmente, es preciso hacer referencia a los fundamentos de la Jueza de garantías, que a través de la Resolución 05 de 21 de septiembre de 2017

           Finalmente, es preciso hacer referencia a los fundamentos de la Jueza de garantías, que a través de la Resolución 05 de 21 de septiembre de 2017 -que se revisa-, denegó la tutela solicitada, con          el fundamento que la adecuada valoración de los hechos y del derecho,      no es labor propia de la justicia constitucional, sino de la jurisdicción ordinaria; sin embargo, conforme a la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, es posible la revisión de dicha valoración cuando las autoridades jurisdiccionales demandadas se apartaron de los marcos legales de razonabilidad y equidad, que es lo que aconteció en el caso analizado; consecuentemente, correspondía que la Jueza de garantías examine la valoración de la prueba efectuada por los demandados.