SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2018–S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2018–S2

Fecha: 28-Feb-2018

II.2.

II.2.   A través de los memoriales de 3 de junio, 12 de agosto y 6 de septiembre de 2016, consta que Pastor Carrazana Jiménez –accionante–, pidió y reiteró ante la Dirección General de Ordenamiento Territorial,                   la paralización de la planimetría aprobada a favor de la                     “Organización 3 de octubre”, declarando que para disponer dicha aprobación, se habría incurrido en falta de valoración de prueba; toda vez que, no se consideró que la superficie de terreno de 13 567,50 m2, registrado en la oficina de Derechos Reales (DD.RR.), bajo la matrícula computarizada 6.01.1.27.0004053, asiento A-1 de 19 de julio de 1993 y Asiento A-2 de 15/06/2017, es de su exclusiva propiedad (fs. 2 a 3; 4 a 5; 6 y 8).