AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2018-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2018-O

Fecha: 12-Mar-2018

II.8.

II.8.    Mediante nota recibida por este Tribunal el 26 de junio de 2014, el entonces Juez de Partido Penal Liquidador y de Sentencia Primero de Quillacollo del departamento de Cochabamba, remitió el memorial “Formulan denuncia de Queja” de una acción de amparo constitucional interpuesto por Gualberto Mercado Olmos y otro contra María Teresa Mercado Muriel y otros (fs. 2048 de Anexos), dando lugar al Decreto Constitucional de 27 de junio de igual año, por el cual, el máximo ente de justicia constitucional determinó que dichos antecedentes correspondían a quejas planteadas por personas ajenas a la acción de amparo constitucional en las que se evidenciaba pugna del derecho propietario, extremo que señaló, debe ser dilucidado en la vía ordinaria pertinente, por lo que dispuso su devolución al Juez de garantías (fs. 2050 de Anexos).