SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2018-S4

Fecha: 13-Mar-2018

II.1.

II.1.    Consta acta de audiencia de apelación a la medida cautelar 87/17 de 16 de marzo de 2017, realizada ante la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a cuya conclusión se dictó el Auto de Vista de la misma fecha, que declaró admisibles e improcedentes las apelaciones sobre los incidentes de actividad procesal defectuosa por nulidad de investigación por defectos absolutos y de aprehensión ilegal; y admisible y procedente la apelación a la resolución que determina la situación cautelar del imputado en vista de que: “…no concurre el num.2 del Art.233 Código de Procedimiento Penal tomando en cuenta que la detención preventiva es una medida extrema que se debe asumir cuando el imputado no va a concurrir a los actos del proceso o se va a sustraer a los actos investigativos y además va a obstruir la investigación, en ese sentido, se revoca parciamente esta resolución porque no se toca en cuanto a la probabilidad de autoría y no se toca los otros riesgos que dio por acreditado la Juez y si se revoca en cuanto a los que dijo concurrente y que concurría el inc. 2 del Art.233 Código de Procedimiento Penal, en consecuencia, conforme al Art.240 Código de Procedimiento Penal se le aplica las siguientes medidas sustitutivas a la detención preventiva: (…)” (sic) (fs. 29 a 45 vta.).