SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2018-S1
Fecha: 19-Mar-2018
II.1.
II.1. Cursa denuncia disciplinaria interpuesta por la Auditora Jurídica y Técnico de control de fiscalización del Consejo de la Magistratura contra Alex Fernando Núñez Vargas -ahora accionante- señalando la existencia de responsabilidad disciplinaria por faltas graves inmersas en el art. 187.9 y 14 de la LOJ, argumentando que en el libro diario se registró el ingreso a despacho de memoriales el 30 y 31 de agosto de 2016, los cuales no contaban con resolución hasta el 6 de septiembre de igual año, según la fotografía tomada como prueba; incluso en el caso de Jenny Patricia Cuellar Gilmet contra Rolf Otto Kasper cursaría una resolución de 30 de agosto del citado año; empero, en la nota marginal de la Secretaria se indica que salió de despacho el lunes 5 de septiembre de ese año; asimismo, existirían 123 causas remanentes del “BBVA” del 2010 al 2015, y 116 causas pendientes en espera de sentencia desde el 2005 hasta el 2015 (fs. 25 y vta. del anexo 2).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- IMPROBADA”
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 12
- III.1. El debido proceso y la fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.2. Análisis del caso concreto
- el cual está inserto al final de las Resoluciones
- b)
- 2)
- 3)
- a)
- Respecto a la supuesta omisión de valoración de la prueba de documental de descargo
- PORQUE NO TIENE VALOR EL ANTE MI DE LA SECRETARIA DEL JUZGADO Y EL REGISTRO DE FECHA 30 DE AGOSTO DEL 2016
- REVOCAR