SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2018-S1

Fecha: 23-Mar-2018

1)

El accionante alegó como lesionados sus derechos a la libertad, al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, a la “presunción de inocencia”, a la “tutela judicial efectiva” y “al trato igualitario y no discriminatorio”, así como el principio de favorabilidad, por cuanto: 1) La imputación formal presentada en su contra no lleva firma del Fiscal de Materia ni sello de recepción del Juzgado, contraviniendo los arts. 226 y 302 del CPP; 2) No cursa acta de audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares donde se le impuso la detención preventiva y de la cual emergió el mandamiento de detención respectivo, aspecto que le impide apelar la misma o presentar solicitud de cesación a dicha detención; 3) Existen dos hojas en blanco firmadas por el Fiscal de Materia, su persona y un abogado, sin que se tenga explicación de las mismas que aparentemente serían de notificaciones; 4) Solicitó se conmine al Ministerio Público para que presente requerimiento conclusivo, a lo que la autoridad demandada le indicó que se esté a los datos del proceso sin revisar el cuaderno de control jurisdiccional; 5) La Jueza demandada debió revisar de oficio si se cumplió con la normativa legal al disponerse su detención preventiva y anular obrados al evidenciarse defectos absolutos no susceptibles de convalidación; y, 6) Pese a la conminatoria efectuada al Fiscal Departamental como emergencia del informe del Secretario del Juzgado de Instrucción Penal Primero de Warnes del departamento de Santa Cruz, esta no fue cumplida conforme al art. 323 del CPP, por lo que la Jueza demandada debió extinguir la acción penal.