SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2018-S4
Fecha: 10-Abr-2018
desde la presentación de la acción
El Auto de admisión de 24 de enero de 2018, cursante a fs. 762, señala audiencia pública a celebrarse convocando a las partes: “…para el subsiguiente día hábil de su legal citación a horas 10:00 a.m.” (sic); orden que desconoce por completo las normas previstas en los arts. 129.III de la CPE que señala la realización de la audiencia: “…en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas desde la presentación de la acción” (las negrillas nos pertenecen); y, art. 56 del CPCo.
El señalamiento de una audiencia de acción de defensa fuera del plazo constitucionalmente establecido vulnera los derechos de las partes desvirtúa por completo la naturaleza de la acción jurisdiccional de amparo constitucional, porque la demanda fue presentada el 5 de septiembre de 2017 y fue subsanada el 12 del mismo mes y año, mientras que la audiencia, debido a otras circunstancias en su tramitación, fue finalmente desarrollada el 2 de febrero de 2018, es decir, una semana después de que los actuados fueran devueltos al despacho de la Juez de garantías para que emita el correspondiente señalamiento de audiencia en el plazo constitucionalmente establecido y no como se dio en los hechos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- 1)
- IMPROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia sobre el debido proceso
- este derecho fundamental no se satisface solamente con el cumplimiento mecánico de las reglas formales, sino que tiene una naturaleza protectora de fondo, es decir, que si bien es importante el tratar de que se logre el objetivo de llevar adelante un proceso sea este administrativo o judicial- sin errores formales, es aún más importante, si cabe el término, el velar por un orden justo, o mejor dicho en otras palabras, velar por la justicia material.
- III.2. Sobre los derechos al debido proceso y acceso a una justicia pronta y oportuna
- “IMPROCEDENCIA”
- desde la presentación de la acción
- REVOCAR
- 1° CONCEDER
- 2°