SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2018-S1

Fecha: 25-Abr-2018

ii)

ii)       En el segundo CONSIDERANDO punto 1ro. señalaron que la audiencia fue convocada para considerar y resolver el recurso de apelación incidental de medida cautelar interpuesto contra la Resolución 331/2017, que resolvió rechazar la solicitud de cesación de la detención preventiva de Mirtha Teresa Hiza Urioste -hoy accionante-, no siendo momento de aplicar medidas cautelares de carácter personal sino de adecuar la resolución que se emita a los alcances del art. 239.1 del CPP. En base a ello, indican que no obstante los fallos constitucionales son vinculantes y obligatorios, invocando al efecto la apelante la “...SC 0670/2007...” (sic), en relación al principio de objetividad, se debe tener presente que la citada Resolución 331/2017 -apelada- resuelve su pedido de cesación de la detención preventiva, por lo que el reclamo de objetividad debería haberse realizado a momento de la emisión de la primigenia Resolución -059/2017- que determinó los motivos que fundaron la detención preventiva de la imputada.