SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2018-S1

Fecha: 25-Jun-2018

II.5.

II.5.  Por Auto de Vista 102/2017 de 8 de mayo, dictado por Iván Sandoval Fuentes y Mirna Sandra Molina Villarroel, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca -hoy demandados-, se declaró: “...1) INADMISIBLE el recurso de apelación formulados por Oswaldo Freddy Avalos y Guido Gabriel Balboa Castro; 2) IMPROCEDENTE, el recurso de apelación interpuesto por Erick Reyes Villa Bacigalupi; 3) IMPROCEDENTE la apelación formulada por Roberto Claros Flores: 4) IMPROCEDENTE, la impugnación formulada por Juan Veliz Herrera, Gonzalo Alberto Rocabado Mercado, José Oswaldo Quiroga Mendoza y Luis Alberto Aranda Granados. En consecuencia se mantiene incólume el Auto Definitivo  apelado N° 01/2016 de 12 de febrero de 2016.” (sic [fs. 1382 a 1402 vta.]), mismo que fue notificado al ahora impetrante de tutela el 9 de mayo de igual año (fs. 1403 vta.).