SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2018-S2
Fecha: 25-Jun-2018
Con relación al quinto agravio
Con relación al quinto agravio, que cuestiona las atribuciones de los Consejeros de la Magistratura para cesar en funciones de manera directa, arbitraria y en cualquier momento a funcionarios judiciales a través de acuerdos, con el pretexto que fueran transitorios, siendo que en el art. 182.3 de la LOJ, no les faculta para tal efecto; sobre el particular, las autoridades demandadas simplemente afirmaron que el Acuerdo 073/2017 fue emitido dentro de las atribuciones que le competen al Pleno del Consejo de la Magistratura, determinadas en el art. 193 de al CPE, concordante con los arts. 182.3 y 183.IV de la LOJ; 3 de la Ley 003 y 2 de la Ley 040; sin embargo, no argumentaron respecto a su atribución para proceder a la destitución de jueces transitorios, lo que devino en omisión de respuesta sobre el particular.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones: Distinción en la construcción de la premisa normativa y premisa fáctica; y, su exigencia para justificar toda decisión
- no sólo visibiliza un uso diferenciado de términos, sino una distinción conceptual que incide en la exigencia de justificación de toda decisión
- III.1.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia como elementos de la garantía del debido proceso
- Fragmento 17
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: a)
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- d)
- e)
- Es así que, con relación al primer agravio
- Con relación al segundo agravio
- Respecto al tercer agravio
- Con referencia al cuarto agravio
- Con relación al quinto agravio
- Respecto al sexto agravio,
- Con referencia al séptimo agravio
- Fragmento 33
- REVOCAR en parte
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada