SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2018-S2
Fecha: 25-Jun-2018
II.2.
II.2. Mediante Acuerdo 073/2017 de 5 de mayo, emitido por el Pleno del Consejo de la Magistratura, resolvió agradecer funciones a varios Jueces de todos los Distritos Judiciales del país, entre ellos, a Miriam Gina Flores Hoyos, Jueza de Ejecución Penal Primera de la Capital del departamento de Tarija, argumentando que tomaron en cuenta las Leyes 003 de 13 de febrero de 2010, 025 de 24 de junio de 2010 y 212 de 23 de diciembre de 2011 y la SCP 0499/2016-S2 de 13 de mayo, que establece que todas las servidoras y los servidores del Órgano Judicial son transitorios, y en consecuencia provisorios, por lo que no gozan de la estabilidad e inamovilidad laboral que garantiza la Carrera Judicial; en ese contexto, no existe óbice para efectuar la desvinculación paulatina y sistemática de juezas y jueces del Órgano Judicial en actual ejercicio de funciones, en el marco de la Política Institucional para la Renovación de Cargos de Autoridades Judiciales; pues, la noble función de impartir justicia requiere de nuevos servidores formados y especializados en administración de justicia dentro de la nueva Carrera Judicial (fs. 21 a 29).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones: Distinción en la construcción de la premisa normativa y premisa fáctica; y, su exigencia para justificar toda decisión
- no sólo visibiliza un uso diferenciado de términos, sino una distinción conceptual que incide en la exigencia de justificación de toda decisión
- III.1.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia como elementos de la garantía del debido proceso
- Fragmento 17
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: a)
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- d)
- e)
- Es así que, con relación al primer agravio
- Con relación al segundo agravio
- Respecto al tercer agravio
- Con referencia al cuarto agravio
- Con relación al quinto agravio
- Respecto al sexto agravio,
- Con referencia al séptimo agravio
- Fragmento 33
- REVOCAR en parte
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada